Diagnóstico por imagen

Radiología del segmento esquelético

Radiología del segmento esquelético

El progreso siempre conlleva una constante evolución tecnológica y también se han producido grandes avances en el campo de la radiología. El más importante de ellos ha sido la introducción de la digitalización de los procesos de diagnóstico.

Por tanto, la radiología digital supone una gran mejora con respecto al modo analógico, en el que los datos se aprenden, almacenan y procesan tras la adquisición mediante archivos de software y hardware relacionados.

En comparación con la radiografía tradicional, el modo digital pierde en resolución espacial, ya que el punto analógico (el elemento más pequeño) tiene un diámetro de 2 µm (el bromuro de plata utilizado en la película radiográfica), mientras que el punto digital, es decir, el píxel, es un cuadrado de espacio enormemente mayor, que oscila entre 30 µm y 200 µm.

Esta variación se traduce en una pérdida considerable de información espacial, aunque el potencial del ojo humano suele ser incapaz de notar tal diferencia en condiciones de observación normales.

Por otro lado, las técnicas digitales tienen la potencia de un amplio rango dinámico y su curva característica es casi lineal; los posibles errores de exposición, que a menudo pueden producirse en radiología, siguen aportando una imagen útil para el diagnóstico. Esto nos hace darnos cuenta de cómo, en comparación con los sistemas convencionales, un error de exposición significará obligar al paciente a repetir el examen, lo que supone el doble de exposición para la persona examinada.

Así, aunque la Radiología Digital es extremadamente conveniente en condiciones particulares de investigación, seguimiento y evaluación de patologías manifiestas, resulta inadecuada en la evaluación de determinadas afecciones del cuerpo humano, concretamente en la búsqueda de problemas que puedan afectar a la mama. Donde la mamografía, por el contrario, compensa plenamente esta falta de potencial resolutivo.

Cuando la Radiología Digital es ineficaz, puede ser sustituida por la Tomografía Computarizada y la Resonancia Magnética, hermanas del Diagnóstico por la Imagen.

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Algunos información útil

Sin preparación

Siempre hay que presentar una solicitud médica, aunque sea de un especialista, independientemente del tipo de servicio, convenio o privado.
Traiga las investigaciones instrumentales y de laboratorio previas e informe de las terapias en curso.

La investigación puede realizarse dentro de los primeros 10 días después del inicio del ciclo menstrual. Después de 10 días, la prueba puede realizarse SÓLO si ha habido abstención de relaciones sexuales o si éstas han sido protegidas. En caso de relaciones sexuales sin protección, espere al siguiente ciclo menstrual antes de concertar la cita, o realice la prueba beta HCG y preséntese en el Instituto con los resultados (la prueba sólo debe realizarse si han transcurrido al menos 15 días desde las relaciones sexuales sin protección).

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Algunos información útil

GENERAL, POR PROBLEMAS INTESTINALES O EN BUSCA DE CUERPOS EXTRAÑOS:

No es necesario ayuno ni enema, que se recomendarán en caso necesario, según el cuadro clínico.

ESPECÍFICA PARA LA INVESTIGACIÓN DE CÁLCULOS RENALES:

No durante el cólico: Observar dieta líquida el día antes del examen 6-8 horas antes del examen observar ayuno realizar enema de limpieza 2/3 horas antes de la cita.
Durante elcólico: Sin preparación.

Siempre hay que presentar una solicitud médica, aunque sea de un especialista, independientemente del tipo de servicio, convenio o privado.
Traiga las investigaciones instrumentales y de laboratorio previas e informe de las terapias en curso.

Los exámenes RX SÓLO pueden realizarse dentro de los 10 primeros días tras el inicio del ciclo menstrual. Después de 10 días, el examen SÓLO puede realizarse si ha habido abstención de relaciones sexuales o si éstas han sido protegidas. En el caso de relaciones sexuales sin protección, espere al siguiente ciclo menstrual antes de concertar la cita, o realice la prueba beta HCG y preséntese en el Instituto con los resultados (la prueba sólo debe realizarse si han transcurrido al menos 15 días desde la relación sexual sin protección).
Cabe señalar que la prueba no puede realizarse en caso de embarazo cierto o presunto.